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| Adolfo Muñiz Director del Conservatorio Profesional de Música de Puertollano (Ciudad Real) ¿Qué pasa con el grado superior? |
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La orden de 25 de Junio de 1999, establece el Currículo
del Grado Superior de las Enseñanzas de Música (B.O.E 3-Julio-99),
en la cual se expone la doble vertiente de la especialidad de Pedagogía: Es curioso, que en la mayoría de los Conservatorios Superiores españoles no solo no existe esta segunda vertiente, sino que ni siquiera se haya planteado, de tal forma que los alumnos que ingresan en el Grado Superior de cualquier especialidad instrumental tienen que optar por ser "solistas instrumentales", o sea que su formación va a ir encaminada a la preparación para su vida profesional, que va a ser ni más ni menos que dedicarse a dar conciertos, ¡Magnifico!, o bien compositores. Así por fin todas las orquestas españolas podrán nutrirse de españoles y no de extranjeros, que es como están en la actualidad. Este va a ser el país de los solistas y de los compositores... En cuanto a las pruebas de acceso y la estructura de las mismas, si accedes a la rama de composición o dirección de coro y orquesta o Pedagogía del Lenguaje y la Educación, se exige una lectura a primera vista al piano ¡Pero si en la actualidad en el Tercer Ciclo ya no existe Piano Complementario! Pero lo mejor está por llegar ......... Resulta que, en los estudios de régimen general, si no se está en posesión de todos o alguno de los requisitos exigidos para acceder a estudios Superiores, habría previamente que superar los estudios conducentes a la obtención del Título de Bachiller para poder acceder a la Universidad o un curso de mayores de 25 años. Pero ¡OH MILAGRO! No es necesario ninguno de estos requisitos, para acceder al Grado Superior de los estudios de música (tercer ciclo de Grado Medio o el Titulo de Bachiller); ya que en el punto decimoctavo de la citada orden, apartado 2, dice que se podrá acceder al Grado Superior quienes, "sin reunir uno o los dos requisitos académicos....." superen una prueba prevista y un ejercicio específico para demostrar que poseen todos los conocimientos y aptitudes propias del Grado Medio, así como las habilidades específicas necesarias para cursar con aprovechamiento la especialidad solicitada. En otro apartado (vigésimo), especifica que el ejercicio específico no tendrá carácter eliminatorio, y versará sobre: un ejercicio escrito de carácter humanístico, que permita evaluar la madurez intelectual y humana del aspirante, a través de la utilización del lenguaje, la comprensión de conceptos y la capacidad para relacionar y sintetizar, caso de no tener el Título de Bachiller ¡INCREIBLE! Si por el contrario, de lo que no estás es en posesión delTítulo de Grado Medio, la prueba, además, consiste en un ejercicio teórico-práctico que permita evaluar la formación musical general del aspirante. Con toda ésta maraña legislativa, difícilmente nadie podrá aclararse. De momento, y hasta que los propios centros superiores lo hagan y se organicen de lo que quieren conseguir, cómo y para qué, no conseguiremos aclararnos nadie sobre esta situación. Lo único que está claro es que con
la LOGSE y para la obtención del Título Superior no es necesario
estar en posesión del Título de Bachiller ni del Título
Profesional (Grado Medio), algo ciertamente rocambolesco si pensamos que
éstos estudios deberían estar a la altura de los universitarios,
no sólo estar equiparados, sino que tendrían que formar
parte de la universidad |
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